Casa Rosada recalcula la estrategia judicial
La estrategia judicial de Cambiemos está en revisión. Ya quedó atrás el afán por alardear la falta de intromisión en la Justicia y la reivindicación explícita de la carencia de operadores judiciales. Esa doctrina de “dejar hacer” en el Poder Judicial quedó dinamitada después del fallo de la Corte Suprema de Justicia que volteó el tarifazo del gas, sin preaviso a Mauricio Macri.
En la mesa política del Presidente quedó en claro que el Poder Ejecutivo Nacional no puede enterarse por los medios de fallos que comprometen no sólo la gobernabilidad sino también el programa económico del gobierno nacional. Y salió a la búsqueda de un “operador” judicial que actúe como interlocutor institucional, sin presiones políticas, con los jueces.
Por ahora, lo único claro es quienes no pueden ejercer ese rol. El primer descartado, Daniel Angelici, presidente de Boca Jrs. con tentáculos propios en la Justicia Federal. Sin embargo, el “tano” fue vetado de manera explícita y mediática por Elisa Carrió. Tampoco Gustavo Lopetegui quien ya habría intentado gestiones extraoficiales ante el máximo tribunal sin éxito, al igual que Fabián Rodríguez Simón.
Si bien en la Casa Rosada están dispuestos a acatar los fallos judiciales, tal cual ocurrió con el tarifazo, el gobierno nacional comenzó a hacer política también en el plano judicial. En la Cámara de Diputados, Pablo Tonelli, Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, junto con el Nicolás Massot, presentaron un proyecto de Ley para que los jueces paguen el impuesto a las ganancias.
Según el proyecto, queda sujeto al gravamen que establece la ley de Impuesto a las Ganancias todo ingreso proveniente del desempeño del empleo de magistrado o funcionario judicial o magistrado o funcionario del Ministerio Público, tanto nacional como provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para quienes sean designados con posterioridad al 31 de diciembre de 2016. El articulado incluye las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el ejercicio de las funciones públicas.
Art. 110 de la Constitución Nacional.
Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones.