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Gobierno activa fallo de la Corte para designar Defensor

El gobierno activará este miércoles en el Congreso el mecanismo para designar al Defensor del Pueblo de la Nación, cargo que está vacante desde 2009. La Casa Rosada busca así dar una pronta respuesta al fallo de la Corte Suprema de Justicia que, además de anular el tarifazo de gas, ordenó cubrir esa vacancia de manera urgente. Para eso constituirán la Comisión Bicameral de Defensoría del Pueblo de la Nación que estará presidida por la macrista Marta Varela. La integración de este cuerpo legislativo que será el encargado de postular al próximo Defensor del Pueblo de la Nación es la siguiente:

Por el Senado: María Sacnun (FPV), Sandra Giménez ( Frente Misiones), Teresa Luna (FPV), Juan Manuel Abal Medina (FPV), Roberto Basualdo (Compromiso Federal), Juan Carlos Marino (UCR) y Marta Varela (PRO). Por Diputados: Graciela Camaño (Frente Renovador), Diana Conti (FPV), Juliana Di Tulio (FPV), Daniel Kroneberger (UCR), Soledad Martinez (PRO), Liliana Schmidt Liermann (PRO) y Susana Toledo (UCR).

Los candidatos ya acordados con el peronsimo de Miguel Pichetto y Sergio Massa son Alejandro Nató, actual funcionario de la Defensoría del Pueblo y el peronista porteño Humberto Roggero. El objetivo fundamental de esta institución es el de proteger los derechos e intereses de los individuos y la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la administración pública nacional. Su titular se designa de acuerdo al siguiente procedimiento:

Ambas Cámaras del Congreso deben elegir una comisión bicameral permanente, integrada por siete (7) senadores y siete (7) diputados cuya composición debe mantener la proporción de la representación del cuerpo. En un plazo no mayor de treinta (30) días a contar desde la promulgación de la presente ley, la comisión bicameral reunida bajo la Presidencia del presidente del Senado, debe proponer a las Cámaras de uno a tres candidatos para ocupar el cargo de Defensor del pueblo. Las decisiones de la comisión bicameral se adoptan por mayoría simple. Dentro de los treinta (30) días siguientes al pronunciamiento de la comisión bicameral, ambas Cámaras eligen por el voto de dos tercios de sus miembros presentes a uno de los candidatos propuestos.